Herencias con deudas: ¿es conveniente aceptar o renunciar?

3 min de lectura·Revisado por equipo jurídico de Miten·Actualizado abril 2025

Recibir una herencia no siempre es sinónimo de buenas noticias. En muchas ocasiones, el patrimonio heredado incluye no solo bienes y derechos, sino también deudas. Ante esta situación, los herederos se enfrentan a una decisión crucial: ¿aceptar la herencia tal cual, aceptarla a beneficio de inventario o renunciar a ella? En este artículo analizamos qué implicaciones tiene cada opción y cómo actuar para tomar la mejor decisión.

¿Se heredan las deudas en España?

Sí. En el sistema jurídico español, los herederos no solo reciben los bienes del causante (fallecido), sino también sus obligaciones. Esto incluye:

  • Préstamos personales

  • Hipotecas

  • Deudas con Hacienda o la Seguridad Social

  • Préstamos familiares o con particulares

  • Deudas de tarjetas de crédito, entre otras

Por tanto, aceptar una herencia sin un análisis previo puede suponer un riesgo económico importante.

Tres opciones ante una herencia con deudas

  1. Aceptar pura y simplemente Esta opción implica que el heredero asume todo el patrimonio (activo y pasivo). Si las deudas superan a los bienes, el heredero deberá responder con su propio patrimonio personal.

  2. Aceptar a beneficio de inventario Es la opción más recomendable si hay dudas sobre el balance entre bienes y deudas. El heredero responde solo hasta donde alcance el valor de los bienes heredados. Esto evita que se vea obligado a pagar deudas con sus propios recursos.

    Para ello, se debe seguir un procedimiento formal que implica la elaboración de un inventario judicial o notarial.

  3. Renunciar a la herencia Si está claro que la herencia está compuesta mayoritariamente por deudas, lo mejor puede ser renunciar. La renuncia se hace en documento público ante notario y es irrevocable.

    Importante: No realizar ningún acto que implique aceptación tácita, como pagar una deuda del fallecido o disponer de sus bienes, ya que eso impediría la renuncia.

Plazos y consideraciones

En España, el plazo para aceptar o renunciar a una herencia es de 30 años, según establece el Código Civil. Sin embargo, en la práctica es recomendable decidir dentro de los 6 primeros meses desde el fallecimiento, ya que este es el plazo para liquidar el Impuesto de Sucesiones.

Pasos recomendados antes de aceptar una herencia

  1. Solicitar el certificado de últimas voluntades y testamento

  2. Analizar el patrimonio del fallecido (cuentas bancarias, bienes inmuebles, deudas registradas y no registradas)

  3. Consultar el Registro de la Propiedad y de Bienes Muebles

  4. Revisar si hay deudas con la AEAT, Seguridad Social o entidades financieras

  5. Consultar con un abogado o notario especializado

Casos especiales: herencias sin testamento

En ausencia de testamento, la ley establece el orden de sucesión (hijos, cónyuge, padres…). En estos casos, es muy común que los llamados a heredar desconozcan la existencia de deudas. La aceptación a beneficio de inventario sigue siendo una opción válida y recomendable.

Conclusión

Heredar no siempre es una ventaja. Cuando existe la posibilidad de que una herencia incluya deudas, actuar con cautela es esencial. La aceptación a beneficio de inventario ofrece garantías jurídicas para evitar consecuencias económicas graves. Siempre es recomendable contar con asesoramiento profesional para valorar cada situación en particular y evitar decisiones precipitadas.

En Miten, contamos con abogados especializados en tramitación de herencias que pueden ayudarte a tomar la mejor decisión y gestionar el procedimiento con seguridad y eficacia.

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