Herencias y testamentos digitales: ¿qué pasa con nuestras cuentas online al fallecer?

3 min de lectura·Revisado por equipo jurídico de Miten·Actualizado abril 2025

En un mundo cada vez más digitalizado, nuestras vidas están estrechamente ligadas a cuentas online, redes sociales, criptomonedas y archivos en la nube. Pero, ¿qué ocurre con todo este patrimonio digital cuando fallecemos? La legislación española aún no regula de forma específica todos los aspectos del legado digital, pero existen mecanismos legales para gestionarlo. En este artículo te explicamos qué puedes hacer para proteger tus activos digitales y cómo dejar instrucciones claras para tus herederos.

¿Qué es el patrimonio digital?

El patrimonio digital está compuesto por todos los bienes, derechos y obligaciones que una persona posee en el ámbito digital. Algunos ejemplos incluyen:

  • Cuentas en redes sociales (Facebook, Instagram, X/Twitter, TikTok…)

  • Cuentas de correo electrónico

  • Suscripciones digitales (Netflix, Spotify, Amazon Prime, etc.)

  • Almacenamiento en la nube (Google Drive, Dropbox…)

  • Criptomonedas y activos como NFTs

  • Tiendas online o blogs personales monetizados

  • Cuentas bancarias o financieras con acceso digital

¿Qué dice la ley en España?

En España no existe una legislación específica que regule el testamento digital como tal. Sin embargo, el Código Civil permite incluir en el testamento disposiciones sobre todo tipo de bienes y derechos, incluidos los digitales.

La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) incluye un artículo (Art. 96) que regula los derechos digitales de las personas fallecidas. Permite a los herederos o personas autorizadas acceder, rectificar o suprimir datos digitales del fallecido, salvo que este lo hubiera prohibido expresamente.

Referencia: Artículo 96 de la LOPDGDD

Cómo gestionar tu legado digital

  1. Incluirlo en el testamento: Puedes redactar un testamento donde designes a un heredero digital o una persona de confianza encargada de gestionar tus cuentas online. Es recomendable describir claramente qué hacer con cada tipo de cuenta o bien.

  2. Listar activos y contraseñas: Aunque no deben incluirse directamente en el testamento (por cuestiones de seguridad), se recomienda tener un documento separado, guardado en lugar seguro (como con un notario), con un inventario digital actualizado.

  3. Usar herramientas de legado digital: Algunas plataformas permiten configurar el destino de tu cuenta:

  4. Instrucciones notariales: Un notario puede ayudarte a incluir instrucciones precisas sobre tu patrimonio digital. No es necesario hacer un testamento nuevo si ya tienes uno; se puede hacer un codicilo complementario.

  5. Protección de criptomonedas y NFTs: Es esencial que los herederos tengan acceso a las claves privadas o wallets digitales, de lo contrario estos activos pueden perderse para siempre.

Riesgos de no gestionar el legado digital

  • Pérdida de información personal y sentimental

  • Bloqueo de activos digitales con valor económico

  • Posible suplantación de identidad en redes abandonadas

  • Dificultades legales para los herederos en la gestión

Conclusión

A pesar de que la legislación española aún está en desarrollo en esta materia, existen herramientas para dejar protegido tu legado digital. Es recomendable anticiparse y dejar constancia legal de tus deseos, evitando confusiones o conflictos entre tus seres queridos. Consulta siempre con un abogado especializado o un notario para asegurar que tu voluntad quede correctamente reflejada y con validez legal.

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