Reclamar un impago de alquiler mediante procedimiento monitorio es la vía más utilizada por los propietarios en España. Pero hasta ahora, los tiempos de resolución eran largos por la saturación judicial y el uso limitado de herramientas digitales.
Con la entrada en vigor del Real Decreto 935/2025, desde diciembre de 2025 se introducen cambios importantes que aceleran y simplifican el proceso. En este artículo te explicamos en qué consisten, cómo te afectan como propietario y qué pasos debes seguir.
¿Qué es el procedimiento monitorio?
Es un proceso judicial rápido y sencillo para reclamar deudas dinerarias que estén documentadas y sean exigibles, como por ejemplo:
Impagos de renta en alquiler.
Deudas por suministros impagados.
Cantidades acordadas en contrato no satisfechas.
No requiere abogado ni procurador si la cantidad reclamada no supera los 2.000 €, lo que lo convierte en una herramienta útil para muchos propietarios.
Cambios del monitorio desde diciembre 2025
Con la entrada en vigor del Real Decreto 935/2025, se aplican reformas centradas en la digitalización, agilidad procesal y protección del acreedor. Estas son las principales novedades:
1. Plataforma digital integrada para presentar monitorios
Ahora, los propietarios podrán iniciar el monitorio directamente desde la nueva Sede Judicial Electrónica sin necesidad de certificado digital complejo ni LexNET.
Disponible para particulares y empresas.
Guía paso a paso integrada.
Notificaciones automáticas sobre el estado del procedimiento.
✍️ Ventaja clave: Menor dependencia del abogado en fases iniciales.
2. Admisión automática si se cumplen requisitos formales
Antes, muchos monitorios se inadmitían por fallos mínimos en la documentación. Desde diciembre 2025:
El sistema verifica los datos antes de enviar al juzgado.
Si toda la documentación es correcta, el monitorio se admite directamente y se remite al juzgado.
Mayor seguridad para el propietario.
3. Reducción de plazos judiciales
El nuevo decreto fija:
Plazo máximo de 10 días para que el juzgado admita el monitorio desde su recepción.
Si no hay oposición del inquilino en 20 días, se genera título ejecutivo inmediato.
Esto permite embargar bienes o cuentas más rápido en caso de impago.
4. Notificación al inquilino por medios electrónicos
En 2025, los juzgados pueden notificar al deudor:
Por email o SMS (si ha sido usado anteriormente en trámites públicos).
Por correo postal con acuse de recibo si no se localiza electrónicamente.
Por edictos en BOE si no se consigue localizar.
✅ Esto reduce los retrasos cuando el inquilino no recoge la notificación.
5. Limitación de oposiciones infundadas
Si el inquilino presenta una oposición sin fundamentos claros o con ánimo de retrasar, el juzgado puede:
Imponer costas procesales.
Pasar directamente a juicio verbal si supera 2.000 €.
Agilizar la ejecución en caso de que la deuda sea evidente.
¿Qué necesitas para iniciar un monitorio con la nueva normativa?
Contrato de alquiler firmado.
Justificante de impagos (recibos devueltos, transferencias no abonadas, etc.).
Requerimiento previo (correo, burofax o WhatsApp con acuse de lectura).
Datos de contacto y dirección actual del inquilino.
👨⚖️ Si no se conoce el domicilio, se puede solicitar al juzgado que se investigue mediante registros públicos.
¿Cuándo usar el procedimiento monitorio?
| Situación del propietario | ¿Es útil el monitorio? |
|---|---|
| Inquilino debe 1-3 meses de renta | ✔️ Muy útil |
| No se puede contactar con el inquilino | ⚠️ Depende del caso |
| Hay contrato y pagos documentados | ✔️ Procede |
| El deudor está en el extranjero fuera de la UE | ❌ Mejor vía internacional |
Consejo Miten
Aunque el procedimiento es más sencillo desde diciembre 2025, un abogado especializado puede agilizar aún más el proceso y asegurarse de que todo esté correctamente documentado para evitar demoras.
Conclusión
La reforma del procedimiento monitorio en diciembre de 2025 representa un avance clave para los propietarios que desean reclamar impagos de alquiler de forma rápida y eficiente. Gracias a la digitalización, los plazos se acortan y el proceso se vuelve más accesible, incluso sin abogado en muchos casos.
En Miten te ayudamos a presentar tu monitorio de forma correcta y te acompañamos durante todo el proceso, desde la reclamación hasta el embargo si es necesario.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar un monitorio online en 2025?
Sí. Desde diciembre 2025 hay una nueva plataforma judicial digital para ello.
¿Cuánto tarda ahora un procedimiento monitorio?
Entre 1 y 2 meses si no hay oposición. Antes podía tardar más de 6 meses.
¿Necesito abogado para reclamar menos de 2.000 €?
No, puedes presentar el monitorio tú mismo si tienes la documentación correcta.
¿Qué pasa si el inquilino se opone sin razón?
El juzgado puede imponerle costas y pasar el caso a juicio.


