Desahuciar a un inquilino por actividades ilícitas: requisitos legales y pruebas necesarias

3 min de lectura·Revisado por equipo jurídico de Miten·Actualizado agosto 2025

Cuando un propietario descubre o sospecha que su inquilino está cometiendo actividades ilícitas dentro de su inmueble —como tráfico de drogas, robos, plantaciones ilegales o prostitución—, es lógico querer recuperar la vivienda lo antes posible. Sin embargo, desahuciar a un inquilino por actividades ilícitas requiere cumplir con ciertos requisitos legales y reunir pruebas sólidas para que el proceso sea viable.

¿Qué se considera actividad ilícita en un alquiler?

Se entiende como actividad ilícita cualquier uso de la vivienda contrario a la ley penal o administrativa, entre los que destacan:

  • Tráfico o almacenamiento de drogas

  • Prostitución o explotación de personas

  • Violencia de género o doméstica

  • Tenencia de armas ilegales

  • Robos o uso como guarida para actos delictivos

  • Plantación de marihuana sin licencia

  • Comercio no autorizado en la vivienda (cuando está prohibido por contrato)

Fundamento legal para el desahucio

El artículo 27 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) permite resolver el contrato de alquiler por “realización en la finca de actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”. Por tanto, si el inquilino comete una actividad ilícita, el arrendador tiene derecho a instar su desahucio.

Requisitos legales para proceder

1. Existencia de un contrato en vigor

Aunque parezca obvio, debe haber un contrato de arrendamiento válido que pueda resolverse judicialmente.

2. Pruebas claras de la actividad ilegal

No basta con sospechas o rumores. El juez requiere pruebas objetivas como:

  • Denuncias policiales o intervención de fuerzas de seguridad

  • Informes de vecinos o comunidad

  • Actas notariales (en casos de evidencias físicas)

  • Diligencias judiciales abiertas contra el inquilino

  • Documentación fotográfica o vídeos (siempre legales)

¿Puedo iniciar el desahucio sin denuncia policial?

Sí, pero será más complicado. Si no existe una denuncia, deberás acreditar con pruebas que el uso de la vivienda vulnera lo establecido en la LAU y el contrato. Aun así, la denuncia y la intervención policial facilitan y aceleran el proceso judicial.

Procedimiento para desahuciar por actividad ilícita

  • Recopilar pruebas de la actividad sospechosa.

  • Enviar burofax notificando la resolución del contrato por causa justificada.

  • Interponer demanda de desahucio por resolución contractual ante el juzgado.

  • Esperar el juicio y sentencia. Si se acredita la actividad ilícita, el juez ordenará el desalojo.

  • Ejecución del desahucio, normalmente con asistencia de la Policía Nacional o Guardia Civil.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Puedo cambiar la cerradura si descubro una actividad ilegal?
No. Aunque existan pruebas, no puedes tomarte la justicia por tu mano. Deberás seguir el proceso judicial o incurrirás en allanamiento.

¿Qué pasa si la policía ya ha intervenido la vivienda?
Aprovecha esa intervención para iniciar el desahucio. Solicita copia del atestado o parte de intervención como prueba para tu demanda.

¿Y si el contrato no dice nada sobre actividades ilegales?
La ley prevalece sobre el contrato. El uso ilícito de la vivienda es motivo suficiente para la resolución del arrendamiento aunque no se mencione expresamente.

Conclusión

Ante un inquilino que comete actividades ilícitas, actuar rápido y con respaldo legal es fundamental. No basta con sospechar: necesitas pruebas y seguir el procedimiento establecido por la ley para recuperar tu propiedad sin exponerte a sanciones.

Índice del artículo

¿Te ayudamos?

Categorías

Comparte este artículo:

Otros artículos que te pueden interesar

vulnerabilidad del propietario
Desahucios

Vulnerabilidad del propietario: cómo acreditarla

La vulnerabilidad del propietario puede ser decisiva cuando un inquilino solicita la suspensión de un desahucio. En este artículo explicamos cómo acreditarla, qué documentos conviene aportar y cómo demostrar al juzgado que mantener la vivienda ocupada o el lanzamiento suspendido causa un perjuicio económico real al arrendador.

Leer »
Allanamiento de morada
Desahucios

Allanamiento de morada: denuncia rápida en 2026

El allanamiento de morada puede tramitarse por juicio rápido desde la reforma procesal de 2025, pero no todos los casos de ocupación ilegal encajan en esta vía. En este artículo explicamos cómo debe actuar un propietario, qué diferencia hay entre allanamiento y usurpación, qué pruebas conviene aportar y qué errores pueden retrasar la recuperación de la vivienda.

Leer »
Pequeño propietario revisando un desahucio suspendido en 2026
Desahucios

Pequeño propietario: desahucio sin suspensión en 2026

En 2026 muchos pequeños propietarios se preguntan si pueden reactivar un desahucio suspendido y recuperar su vivienda. En este artículo explicamos qué ha pasado con la suspensión extraordinaria de lanzamientos, cómo afecta a los arrendadores con pocas viviendas y qué pasos conviene dar para desbloquear el procedimiento con seguridad jurídica.

Leer »